Actualizado el 24/09/2025
Buenas noticias para las familias con animales de compañía: La Junta de Andalucía ha anunciado que incluirá una deducción fiscal para gastos veterinarios en los Presupuestos Autonómicos de 2026. Una medida pionera que reconoce el papel de los animales de compañía en el hogar y que puede ayudarte a ahorrar en su cuidado.
A continuación, te explicamos en qué consiste esta deducción, quién podrá beneficiarse y qué se sabe hasta ahora.
¿Qué se ha anunciado exactamente?
El presidente de la Junta, Juan Manuel Moreno, ha confirmado que a partir de 2026 se incluirá una deducción en el IRPF autonómico del 30 % de los gastos veterinarios, con un límite máximo de 100 euros anuales por contribuyente.
Esta deducción permitirá que miles de familias andaluzas puedan recuperar parte del gasto que realizan en la atención veterinaria de sus animales de compañía.
Aunque todavía no se ha publicado el texto legal definitivo, se espera que la deducción cubra los gastos veterinarios más comunes, siempre que estén debidamente facturados por clínicas autorizadas.
¿Qué tipo de gastos podrán deducirse?
Según lo que se conoce hasta ahora, podrían incluirse:
- Consultas veterinarias generales
- Vacunaciones y revisiones periódicas
- Tratamientos, pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas
- Medicación prescrita en consulta
Importante: será imprescindible conservar las facturas originales a nombre del contribuyente, ya que deberán presentarse en la declaración de la renta.
¿Quiénes podrán beneficiarse?
La deducción está pensada para personas con estas bases imponibles:
- Hasta 80.000 € en declaraciones individuales
- Hasta 100.000 € en declaraciones conjuntas
Además, la Junta contempla condiciones especiales para:
| Tipo de propietario/a | Deducción ampliada |
|---|---|
| Personas que adopten animales desde centros de acogida | Deducción durante 3 años |
| Personas con perros guía, perros de asistencia o víctimas de violencia de género con mascotas | Deducción durante toda la vida del animal |
¿Cuándo entra en vigor?
Por ahora, la medida no está activa. Está incluida en el borrador de los Presupuestos de Andalucía para 2026, lo que significa que:
- No aplicará en la renta de 2024 ni 2025
- Entrará en vigor solo si se aprueban los presupuestos
- Habrá que esperar a la normativa que detalle cómo aplicar la deducción
¿Qué supone esta medida para las familias con mascotas?
Esta deducción no solo representa un ahorro económico, sino un avance en el reconocimiento del vínculo humano-animal y la importancia de la salud veterinaria preventiva.
En Kivet lo vemos cada día: Muchas familias quieren ofrecer lo mejor a sus animales de compañía, pero los gastos pueden ser una barrera. Esta medida puede animar a:
- Realizar revisiones periódicas
- Seguir correctamente los tratamientos
- Optar por planes de salud veterinarios completos
- Fomentar la adopción desde protectoras
¿Qué puedes hacer desde ya?
Aunque aún no esté en marcha, puedes anticiparte con estos consejos:
- Guarda todas tus facturas veterinarias de forma organizada
- Solicítalas siempre con tu nombre completo y NIF
- Consulta con tu veterinario sobre los servicios más habituales que podrían estar cubiertos
Te dejamos a continuación un pequeño resumen de lo que implica esta nueva deducción en los gastos veterinarios:
| Concepto | Detalles |
|---|---|
| Qué se deduce | El 30 % de los gastos veterinarios |
| Límite anual | Hasta 100 € por contribuyente |
| Beneficiarios | Personas con ingresos individuales ≤ 80.000 € o conjuntos ≤ 100.000 € |
| Ventajas complementarias | En adopciones, perros guía o víctimas de violencia |
| Aplicación | A partir del ejercicio fiscal de 2026 (pendiente aprobación) |
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