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Actualización sobre la Ley de Bienestar Animal

preguntas sobre la nueva ley de protección y bienestar animal

Actualizado el 11 de octubre de 2023

La “Ley de Bienestar Animal”(“LBA”) que empezó a redactarse en 2021 con el fin de regula la protección de los derechos y el bienestar de los animales culmina con su aprobación en el Congreso el 16 de marzo del 2023; con su posterior publicación en el Boletín Oficial del Estado (“BOE”).  Esta ley ha entrado en vigor el 29 de septiembre de 2023.

¿Por qué es tan especial esta nueva Ley de Bienestar Animal?

Esta nueva regulación considera a los animales de compañía parte del núcleo familiar por primera vez en la historia española, además de ampliar material dedicado a proteger sus derechos como seres sintientes y no como objetos.

Asimismo, es la primera ley de derecho de animales en nuestro país para combatir el abandono y la impunidad ante el maltrato.

¿Qué recoge esta ley?

Ley regula muchas materias que hasta la fecha solo estaban recogidas en la legislación autonómica y otras nuevas que te explicamos a continuación:

  1. Acerca de la venta de animales: la LBA permite que se puedan vender animales en tiendas, con la excepción de perros, gatos y hurones que, sólo podrán ser vendidos a través de un criador registrado. Así, los conejos, cobayas, reptiles, roedores, peces y tortugas podrán seguir siendo encontradas en tiendas especializadas, siempre que se firme previamente un contrato de compraventa,

Adicionalmente, y con el fin de evitar el tráfico ilegal de animales de compañía, asegurar su bienestar y la seguridad de la ciudadanía, no se permite la venta directa de animales por Internet.

  • Una novedad de la LBA es la creación del Listado Positivo de Animales de Compañía: que recogerá un listado de especies silvestres que pueden tenerse como animales de compañía, junto con un Listado de Especies Domésticas de Compañía. De tal forma que podamos conocer qué animales pueden tenerse como animales de compañía. Estos Listados todavía no están elaborados y se tiene un plazo de 2 años para aprobar el reglamento que los desarrolle.
  •  Otro punto interesante es lo referido a la adopción. La LBA regula y promueve, la adopción.

Asimismo, la LBA refuerza el proceso de adopción a través de tiendas especializadas en el cuidado animal, permitiendo que las tiendas que tengan un acuerdo de colaboración con protectoras puedan alojar sus animales de manera temporal y así facilitar su adopción. Por supuesto, siempre soportado a través de un contrato de adopción.

La LBA también recoge una serie de obligaciones para el padre/madre de los animales de compañía que deberán ser cumplidas desde la entrada en vigor de esta Ley:  

  • Seguir cuidando a tu animal de compañía como lo haces hoy. Debes procurarle un espacio adecuado, mantenerlo limpio, bien hidratado y alimentado, no dejarlo solo en un vehículo cerrado, así como acudir al veterinario/a para revisarlo y estar al día con sus vacunas.
  • Solo aquellos futuras personas titulares de perros en el futuro deberán realizar un curso de formación para la tenencia de perros. Este curso será gratuito y su contenido será determinado por un futuro Reglamento. Así que, hasta que llegue ese momento no será obligatorio.
  • Test de sociabilidad: Finalmente, se ha suprimido en la Ley definitiva la obligación de los dueños de realizar un test de sociabilidad.
  • La LBA no obliga a esterilizar forzosamente a los animales de compañía en general. Sólo se exigirá en 2 casos: (i) Los gatos se habrán de identificar con michochip y esterilizarlos antes de los 6 meses de edad; (ii) en caso de adopción de perros y hurones, la entidad protectora deberá esterilizar al animal antes de la cesión para la adopción (o asumir el compromiso si bajo criterio veterinario no tuviera edad suficiente). Con carácter general para cualquier persona titular  de cualquier especie, se obliga únicamente a adoptar medidas necesarias para evitar la reproducción incontrolada.
  • El seguro de responsabilidad civil será obligatorio solo para los perros: Es importante mencionar que esta obligación no ha entrado en vigor el 29 de septiembre, si no que será obligatorio cuando se desarrolle el Reglamento de la Ley, el cual no tiene fecha prevista. No obstante, el seguro ya es obligatorio en algunas CCAA, como por ejemplo en el País Vasco (Ley 9/2022, de 30 de junio, de Protección de los Animales Domésticos), y también es obligatorio en todo el territorito nacional para los “Perros considerados Potencialmente Peligrosos” (PPP), los cuales deben tener un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 120.000€.
  • Por supuesto que la identificación de nuestros animales es esencial; sin embargo, no existe como tal un DNI.  Lo que si es obligatorio según la Ley 7/2023 de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales a nivel estatal, es identificar mediante microchip a los perros, gatos o hurones, así como a las aves, que serán identificadas mediante anillado desde su nacimiento. Por otro lado, a nivel de Comunidades Autónomas, en Madrid será obligatorio identificar a los conejos. Además, la inscripción de todos los animales de compañía se realizará en el Registro de Animales de Compañía de cada CCAA.

Esto son los puntos más destacables, pero si quieres conocer al detalle la nueva ley puedes acudir al Boletín Oficial del Estado y descargar la información completa.

¿A qué animales afecta la nueva ley?

Sus ámbitos de aplicación son hacia los animales domésticos y silvestres en cautiverio. Excluye a los perros de caza, guardia y pastoreo.

¿Cuáles son los objetivos principales de esta nueva ley?

Uno de los mayores objetivos es acabar con el abandono de animales, una lacra en nuestro país, ya que, según un estudio de la Fundación Affinity el año pasado, 2022, la cifra de 288.000 aproximada de animales en situación de abandono.

Por supuesto, mejorar la convivencia entre las personas y los animales, en pos de una sociedad responsable ante la tenencia de mascotas concretamente y mayor empatía con los animales en general.

Además de poseer mejores mecanismos y resortes suficientes para poder reaccionar ante situaciones de injusticia o de maltrato animal con una ley aplicable y adaptada para poder enfrentarse a tales circunstancias sin impunidad.

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